¿Te ha gustado el blog? Qué tal si nos regalas un +1

martes, 7 de enero de 2014

La mediación electrónica será posible a partir de junio

La mediación electrónica será posible a partir de junio.

El procedimiento simplificado por Internet se aplicará a reclamaciones de cantidad que no excedan de 600 euros.

El próximo 28 de marzo entrará en vigor el nuevo Reglamento de Mediación, tres meses después de su publicación en el BOE. El texto regula el Procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos,
aunque no establece un proceso de carácter cerrado.

Se desarrollarán preferentemente por este procedimiento las reclamaciones de cantidad que no excedan de 600 euros o las de otro interés cuya cuantía no supere esa cantidad, salvo que el empleo de éstos no sea posible para alguna de las partes o si éstas acuerden una vía distinta y siempre que las pretensiones de las partes no supongan confrontación de Derecho, a resolver por los tribunales de justicia.
Se dará opción a las partes a indicar si los documentos que entregan o las comunicaciones que entablan no tienen este carácter. De no constar manifestación expresa y por escrito de las partes, se entenderá que la documentación y comunicaciones quedan sometidas al régimen de confidencialidad.
Uso de firma electrónica Las partes y el mediador acreditarán su identidad mediante firma electrónica y, en su caso, la autenticidad e integridad de los documentos electrónicos, en todas las actuaciones que requiera el procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos. En su defecto, las partes y el mediador podrán acreditar su identidad presencialmente ante el mediador o las instituciones de mediación, acordando un sistema de acceso seguro de mutuo acuerdo.
Las posiciones de las partes quedarán reflejadas en el formulario de solicitud y en el de contestación que el mediador o la institución de mediación pongan a su disposición.
La parte solicitante fijará la cantidad reclamada. El formulario contemplará un apartado relativo a los detalles de la pretensión, en el que se especificará el desglose de la cantidad reclamada entre el principal y los intereses,u otros aspectos controvertidos sobre el pago.
El formulario permitirá aceptar la cantidad reclamada, rechazarla o formular una contra propuesta, en cuyo caso se expondrá su posición sobre la pretensión presentada.
El procedimiento tendrá una duración máxima de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción. El procedimiento simplificado por Internet se aplicará a reclamaciones de cantidad que no excedan de 600 euros de la formación del mediador. La norma regula la publicidad de los procedimientos y las exigencias de
aseguramiento de los mediadores. Hasta la entrada en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, la relación de mediadores concursales que se comunicará a la Agencia se confeccionará a partir de las listas de administradores concursales que cumplan los requisitos exigidos.
de la solicitud, prorrogable por acuerdo de las partes. El empleo de medios electrónicos, incluida la sesión informativa, permitirá una comunicación adecuada entre las partes y el mediador, sea separada o conjuntamente, posibilitando el diálogo y el acercamiento de posturas.
El Reglamento también define cuales son los requisitos mínimos de la formación de los futuros mediadores, pero sin establecer de manera cerrada la que haya de realizar cada uno de ellos. Así, sí que se definen los contenidos generales, así como la distribución de esa formación de carácter teórico o práctico, destacando la importancia de las prácticas como parte necesaria.
Hasta el 1 de junio de 2014 se podrá acreditar la formación del mediador mediante certificación de su inscripción en el Registro de una comunidad autónoma. La fecha para el envío por los centros de formación de la información comenzará el 1 de marzo de 2014; la apertura del Registro para realizar solicitudes de inscripción será el 1 de abril de 2014; y, el inicio de la publicidad del Registro se realizará desde el 1 de junio de 2014.
EL NUEVO REGLAMENTO, EN VIGOR EN TRES MESES

Asociación Nacional de Tramitadores Administrativos (ANTAP)

No hay comentarios:

Publicar un comentario