LA(publicado por expansion)
Día 23-06-2014 .-M.C.G./ M.G.M/B.A.
Estas son las
principales novedades de la reforma fiscal que aprobó el Consejo de Ministros
el pasado viernes y cuya letra pequeña ha explicado el ministro de Hacienda,
Cristóbal Montoro.
1-Tramos del IRPF
La reforma
reduce los tramos del IRPF de siete a cinco y se llevará a cabo en dos fases
(una en 2015 y otra en 2016). Cuando esté plenamente en vigor, en 2016, el tipo
mínimo del IRPF estará en el 19% (frente al 24,75% actual) y el máximo en el
45% (frente al 52% actual), tras haber subido 7 puntos con el gravamen
complementario que empezó a aplicarse en 2012.
El primer tramo, para rentas inferiores a 12.450 euros, bajará del 24,75%
al 20% en 2015 y al 19% en 2016. El tipo que grava las rentas de entre 12.450
euros a 20.200 euros bajará al 25% en 2015 y al 24% en 2015.
Para las rentas de entre 20.200 y 35.200 euros, el tipo bajará al 31% el
año que viene y al 30% en 2016, mientras que en las rentas de entre 35.200 y
60.000 euros la tarifa bajará al 39% en 2015 y al 37% en 2016. Finalmente, las
rentas que superan los 60.000 euros tributarán a partir de 2015 a un tipo del
47%, que bajará al 45% en 2016.
2-Deducción
por gastos
Límite de
2.000 euros para los autónomos en la deducción por gastos (comida, gasolina,
taxis, teléfono…). Hasta ahora, el techo fiscal deducible por este concepto era
del 5% de los rendimientos netos. A partir de ahora, cuanto mayores sean los
rendimientos netos de los profesionales, menos podrán deducirse en este tipo de
gastos.
3-Ayudas a
las familias
Creación de
una ayuda de 1.200 euros a las familias numerosas, discapacitados y
ascendientes con discapacidad a cargo. Estas ayudas son acumulables y se añaden
a los impuestos negativos para madres trabajadoras, que se mantienen.
4-Indemnización
por despido
Desde el
pasado viernes, las indemnizaciones por despido tributan en el IRPF. El
Gobierno ha establecido un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado. Los
asalariados que hayan sido despedidos de forma improcedente tributan a partir
de los 2.000 euros por año trabajado. Hasta ahora todas las indemnizaciones por
despido estaban exentas al 100%. (Ver información completa)
5-Planes de
pensiones
Se limitan a
8.000 euros anuales las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho
a deducción en el IRPF, frente a los 10.000 euros que se permitía hasta ahora.
Será una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del
contribuyente como sucede ahora.
6-Dividendos
Se elimina la
exención de tributación de dividendos hasta 1.500 euros existente hasta ahora.
A partir de ahora tributan desde el primer euro.
7-Ahorro
Los
rendimientos del ahorro pasarán a tributar a un mínimo del 19% y un máximo del
23% cuando entre en vigor plenamente la reforma fiscal del Gobierno en el año
2016.
Los tipos que gravan el ahorro bajarán en todos los tramos, pero lo harán
en dos fases, igual que los tramos del IRPF. Una parte entrará en vigor en 2015
y otra en 2016.
Así, el ahorro hasta 6.000 euros, que hasta este año tributaba al 21%
pasará a tributar al 20% en 2015 y al 19% en 2016. Por su parte, el ahorro de
entre 6.000 y 24.000 euros pasará del 25% de 2014 al 22% en 2015 y al 21% en
2016. El ahorro de entre 24.000 y 50.000 euros pasará de tributar al 27% a
hacerlo al 22% en 2015 y al 21% en 2016, mientras que el que supere los 50.000
euros pasará del 27% de este año al 24% en 2015 y al 23% en 2016.
8-Planes
Ahorro
Planes de
ahorro que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que estarán
exentos de tributación al superar los cinco años siempre que se garantice la
retribución de al menos el 85% de la inversión.
9-Dación en
pago y preferentes
Se declara la
exención de la plusvalía por el procedimiento de dación en pago de una
vivienda. También habrá exenciones para las plusvalías que pudieran generar las
acciones preferentes.
10-Impuesto
de Sociedades
El Impuesto
de Sociedades se reducirá del 30% al 28% en 2015, y al 25% en 2016. Además, se
introducirán deducciones e incentivos para que la tributación de las pymes se
quede en el 20% (si no se aplican las reservas de capitalización y nivelación
previstas el tipo se quedará en el 25%) y la de los emprendedores se mantiene
en el 15%.
Además, la base imposible se amplía para acercar el tipo efectivo al
nominal. Y se mantienen las deducciones relacionadas con la I+D+I y se crea una
nueva reserva de capitalización.
11-Banca, al
30%
El sector
financiero continuará tributando al 30% en Sociedades. El secretario de
Hacienda, Miguel Ferre, ha dicho que esta medida se ha adoptado "para que
se devuelva a la sociedad ese esfuerzo hecho".
Sin embargo, detrás de esta decisión lo que realmente se busca es beneficiar
a la banca. El objetivo es que los bancos puedan seguir contabilizando los
créditos fiscales con el tipo del 30% en vez de con los nuevos tipos más bajos.
Hay que recordar que gracias a un decreto de diciembre, que aplica las
directrices de Basilea, la banca ha conseguido salvar 50.000 millones de euros
de los DTA (activos fiscales diferidos, en inglés) de los más de 70.000 que
tenía al haber realizado provisiones extraordinarias para sanear el riesgo
inmobiliario por 200.000 millones.
12-Tributación
de autónomos y módulos
Los
trabajadores por cuenta propia que ganen menos de 12.000 euros al año
tributarán a un tipo del 15% a partir de julio, frente al 21% que tenían que
pagar hasta ahora.
La tributación general, que hasta ahora estaba situada en el 24%, bajará al
20%. Los agricultores y ganaderos, hoteles y restauradores podrán seguir dentro
del régimen actual. Otros colectivos tendrán que pasar en el régimen de
estimación directa.
13-Trabajadores
extranjeros
Con el
objetivo de atraer a profesionales altamente cualificados (salvo deportistas
profesionales), se mantiene que los trabajadores extranjeros desplazados a
España puedan tributar como no residentes a un tipo del 24 % para los primeros
600.000 euros de retribución y durante cinco periodos impositivos consecutivos.
14-Deportistas
establecidos en España
Se adecua la
tributación de los deportistas no residentes a la de los residentes, bajando el
tipo general del 24,75 % al 24 %, y hasta el 19% en 2016 si el contribuyente
reside en Estados miembros de la Unión Europea.
15-Comercio
electrónico
Se modifica
la regla de localización, de tal manera que se realizará la tributación en el
lugar donde se realice la compra. Tanto para los servicios electrónicos, de
telecomunicaciones o de radiotelevisión. Esto implicará que, si por ejemplo, se
descarga un libro electrónico en España, el IVA se pagará en España y no donde
tenga la sede social la empresa que vende el libro como sucedía hasta ahora.
16-Vivienda
El Gobierno
ha eliminado la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda para los nuevos
contratos que se firmen a partir de 2015. De esta forma, el Gobierno en esta
legislatura ha suprimido tanto la deducción por compra de vivienda para las
adquisiciones posteriores desde el 1 de enero de 2013, como la deducción por
alquiler, que quedará suprimida para los nuevos contratos que se suscriban a
partir de 2015.
La reforma también reduce los beneficios fiscales de aquellos propietarios
que ponen en alquiler una vivienda. Concretamente, la exención de tributación en
las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas
a partir del 1 de enero de 2015 pasa del 60% al 50%. Además, se elimina la
exención total (del 100%) que se aplica en el caso de que los inquilinos sean
menores de 30 años desde esa misma fecha.
17-IVA
Se
reclasificarán algunos productos sanitarios en cumplimiento de una sentencia
europea. Gafas graduadas, las lentillas, las prótesis, las sillas de ruedas o
las muletas seguirán disfrutando del tipo reducido del IVA del 10%, pero el
resto de productos sanitarios deberán elevar su tributación al 21%. Se
mantienen al tipo reducido otros productos sanitarios como las gasas, vendas o
botiquines para primeros auxilios o parches oculares, pero no así las sábanas
de un hospital, por ejemplo.
18-Listado de
morosos
El Gobierno
ha anunciado la publicación de una lista de morosos con la Agencia Tributaria,
para deudas superiores a un millón de euros.
19-I+D
Las empresas
que inviertan en I+D más del 10% de sus ingresos netos contables ampliarán el
porcentaje de deducción al 50%.
20-Cine y
Teatro
Aumentan las
deducciones del cine y el teatro y se creará una nueva figura para atraer
producciones extranjeras, que partirá de un mínimo de inversión en España. Se
eleva el umbral de beneficio fiscal para las producciones más pequeñas y se
mantiene para el resto. El impuesto de Sociedades para producciones
cinematográficas será del 20% para el primer millón de euros y del 18% para el
resto, mientras que se fija una deducción del 15% de los gastos de producciones
extranjeras en territorio español.
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