El jueves entra en vigor la reforma del Código Penal que beneficia a los «muleros» y a los «manteros»
Casi un millar de presos condenados por tráfico de drogas pueden quedar en libertad a partir del próximo jueves, al beneficiarse de la reforma del Código Penal que entra en vigor ese día y que rebaja la pena del artículo 368 en tres años de prisión. Hasta ahora ese delito se castigaba con entre tres y nueve años de cárcel; desde esta semana el máximo son seis años. La mayoría de los que se beneficiarán de la nueva norma son extranjeros, las llamadas «mulas» o «boleros», que utilizan las organizaciones de narcos para enviar droga a España en el cuerpo o en el equipaje de esas personas, a cambio de una cantidad de dinero.
La reforma en este caso está encaminada a diferenciar a esos «muleros» de los grandes capos de la droga (que podrán ser condenados hasta a doce años) porque a lo largo del tiempo se ha detectado la paradoja de que, con frecuencia, los primeros cumplían más pena que los segundos. ¿Cuál es la explicación? Las personas que se prestan a esa modalidad de tráfico de estupefacientes llegan a España por primera vez, desde países como Colombia, Venezuela o la República Dominicana, entre otros; son detenidos en el mismo aeropuerto y desde ahí ingresan en prisión. La pena: nueve años. Al no tener arraigo ni familia lo habitual es que cumplan la condena entera, sin permisos y sin posibilidad de pasar a tercer grado porque no tienen donde ir. Los grandes jefes, por el contrario, suelen contar con una vida más asentada en nuestro país y sí disfrutan de salidas.
La reforma afecta a los penados por este artículo siempre y cuando ese sea el delito principal y no cuenten con agravantes (de entrada quedan excluidos todos aquellos que pertenenezcan a una organización). Los sindicatos de prisiones han cifrado que se pueden beneficiar en torno al cinco por ciento de los reos, pero este dato baja al uno por ciento, si se tienen en cuenta los condicionantes mencionados. Total, entre 700 y 1.000 candidatos.
La excarcelación no es automática, sino que cada centro penitenciario ha enviado un listado con los nombres de quienes cumplen condena en esa prisión por el citado delito. A partir de ahí, cada juez de lo Penal revisa caso por caso y decide si el preso debe salir o no teniendo en cuenta el principio de que, ante la duda, siempre se aplica la sanción más favorable al reo.
Instituciones Penitenciarias ya ha comenzado las gestiones con la Policía para que aquellos presos que queden en libertad —la mayoría son extranjeros—y se encuentren en situación irregular sean expulsados a sus países de origen. El ahorro, aunque no fue el objetivo de esta reforma, es otro factor colateral, al menos en lo que se refiere a las «mulas» de la droga que siguen llegando día sí y día no.
Casi un millar de presos condenados por tráfico de drogas pueden quedar en libertad a partir del próximo jueves, al beneficiarse de la reforma del Código Penal que entra en vigor ese día y que rebaja la pena del artículo 368 en tres años de prisión. Hasta ahora ese delito se castigaba con entre tres y nueve años de cárcel; desde esta semana el máximo son seis años. La mayoría de los que se beneficiarán de la nueva norma son extranjeros, las llamadas «mulas» o «boleros», que utilizan las organizaciones de narcos para enviar droga a España en el cuerpo o en el equipaje de esas personas, a cambio de una cantidad de dinero.
La reforma en este caso está encaminada a diferenciar a esos «muleros» de los grandes capos de la droga (que podrán ser condenados hasta a doce años) porque a lo largo del tiempo se ha detectado la paradoja de que, con frecuencia, los primeros cumplían más pena que los segundos. ¿Cuál es la explicación? Las personas que se prestan a esa modalidad de tráfico de estupefacientes llegan a España por primera vez, desde países como Colombia, Venezuela o la República Dominicana, entre otros; son detenidos en el mismo aeropuerto y desde ahí ingresan en prisión. La pena: nueve años. Al no tener arraigo ni familia lo habitual es que cumplan la condena entera, sin permisos y sin posibilidad de pasar a tercer grado porque no tienen donde ir. Los grandes jefes, por el contrario, suelen contar con una vida más asentada en nuestro país y sí disfrutan de salidas.
La reforma afecta a los penados por este artículo siempre y cuando ese sea el delito principal y no cuenten con agravantes (de entrada quedan excluidos todos aquellos que pertenenezcan a una organización). Los sindicatos de prisiones han cifrado que se pueden beneficiar en torno al cinco por ciento de los reos, pero este dato baja al uno por ciento, si se tienen en cuenta los condicionantes mencionados. Total, entre 700 y 1.000 candidatos.
La excarcelación no es automática, sino que cada centro penitenciario ha enviado un listado con los nombres de quienes cumplen condena en esa prisión por el citado delito. A partir de ahí, cada juez de lo Penal revisa caso por caso y decide si el preso debe salir o no teniendo en cuenta el principio de que, ante la duda, siempre se aplica la sanción más favorable al reo.
Instituciones Penitenciarias ya ha comenzado las gestiones con la Policía para que aquellos presos que queden en libertad —la mayoría son extranjeros—y se encuentren en situación irregular sean expulsados a sus países de origen. El ahorro, aunque no fue el objetivo de esta reforma, es otro factor colateral, al menos en lo que se refiere a las «mulas» de la droga que siguen llegando día sí y día no.
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