Los expertos explican que la condena será más justa
La reforma del Código Penal, que entrará en vigor el próximo mes y que tendrá en cuenta si un narcotraficante pertenece o no a una banda organizada para dictar condena, es vista con buenos ojos entre los abogados penalistas. A partir del 23 de diciembre, se abrirá una puerta para muchos narcos a los que se podrá rebajar la condena y facilitará la libertad a los reclusos que cumplen cárcel por delitos contra la salud pública. A partir de esa fecha los abogados podrán pedir que se reabran los casos en los que su cliente fue condenado y no pertenecía a un grupo organizado. La reforma tienecarácter retroactivo.
La principal novedad de la modificación del artículo 368 del Código Penal se plasmará en una reducción considerable de las penas a los pequeños traficantes que, mayoritariamente, se autofinancian su consumo con la venta de sustancias estupefacientes.
El abogado ovetense, Gonzalo Botas, estima que la diferenciación que se va aplicar supone una “equiparación de este tipo penal con el resto de los delitos del código”. Hasta ahora, explica, “se necesitaba ser drogodependiente para facilitar la suspensión de condenas de poca trascendencia jurídica” siempre que se acredite que el condenado sigue un tratamiento para su rehabilitación. Por eso entiende que ahora se abre una vía que será “mucho más justa porque tal y como estaba el código se daban muchas situaciones injustas”. Botas considera que, de esta manera, la “penalogía va a adecuarse ahora más a la realidad en los casos menos relevantes”.
En cuanto a por qué se ha tardado tanto tiempo en aplicarlo, Botas encuentra en la política legislativa el motivo por el que los legisladores han decidido modificar ahora la ley. “El problema es que las cárceles están llenas, y creo que han pensado en qué tipo de reclusos eran los más adecuados para liberarlos”.
Para la abogada Ana Taboada, se trata de un caso más en los que el Código Penal estaba “descompensado”. Desde su punto de vista, lo que pasa con las condenas por tráfico de droga es equiparable a otros delitos. Y pone como ejemplo lo que ocurre con el top-manta. “Aunque sea una falta se les penaliza como si fuera un delitos penal”, explica. A su juicio, la modificación es positiva porque lo equipara a lo que ocurre con otros delitos. Entre otros, se refiere a que la pertenencia a una banda latina es un agravante mientras que, hasta ahora, pertenecer a un grupo organizado de tráfico de drogas no suponía cambio alguno en la condena.
Aunque el abogado Luis del Viso también considera que es un cambio positivo, sus motivos son diferentes a los de sus dos compañeros. El letrado analiza la reforma desde el punto de vista de la defensa. Y, como abogado, “abre una nueva vía que, hasta ahora, no teníamos a la hora de defender a nuestro cliente”. Es decir, amplía los medios de defensa en casos de conformidad. Pero, desde su punto de vista hay un matiz. Y es que, “a nivel técnico queda al arbitrio del juez. Hay un problema de imprecisiones”. Y lo explica. ¿En qué se va a fundamentar para decidir si efectivamente pertenece o no a una banda organizada?”, pregunta.
Ese problema también está presente, comenta, en la modificación que el Código Penal aplica en el caso de los extranjeros. Aquí, dice, se da la paradoja de que con la reforma, en vez de cumplir condena en España, pueden optar por expulsarle y prohibirle la entrada de nuevo al país. En cualquiera de los casos el problema, dice, está en que “se deja demasiado arbitrio al juez”.
Para hacerse una idea de la repercusión que puede tener este cambio en Asturias, es que la mayoría de los 1.600 reclusos del centro penitenciario de Villabona están condenados por tráfico de drogas asociado a otros delitos -armas o lesiones- y aproximadamente el 70 por cientos de los presos preventivos ingresan por delitos contra la salud pública.
La reforma del Código Penal, que entrará en vigor el próximo mes y que tendrá en cuenta si un narcotraficante pertenece o no a una banda organizada para dictar condena, es vista con buenos ojos entre los abogados penalistas. A partir del 23 de diciembre, se abrirá una puerta para muchos narcos a los que se podrá rebajar la condena y facilitará la libertad a los reclusos que cumplen cárcel por delitos contra la salud pública. A partir de esa fecha los abogados podrán pedir que se reabran los casos en los que su cliente fue condenado y no pertenecía a un grupo organizado. La reforma tienecarácter retroactivo.
La principal novedad de la modificación del artículo 368 del Código Penal se plasmará en una reducción considerable de las penas a los pequeños traficantes que, mayoritariamente, se autofinancian su consumo con la venta de sustancias estupefacientes.
El abogado ovetense, Gonzalo Botas, estima que la diferenciación que se va aplicar supone una “equiparación de este tipo penal con el resto de los delitos del código”. Hasta ahora, explica, “se necesitaba ser drogodependiente para facilitar la suspensión de condenas de poca trascendencia jurídica” siempre que se acredite que el condenado sigue un tratamiento para su rehabilitación. Por eso entiende que ahora se abre una vía que será “mucho más justa porque tal y como estaba el código se daban muchas situaciones injustas”. Botas considera que, de esta manera, la “penalogía va a adecuarse ahora más a la realidad en los casos menos relevantes”.
En cuanto a por qué se ha tardado tanto tiempo en aplicarlo, Botas encuentra en la política legislativa el motivo por el que los legisladores han decidido modificar ahora la ley. “El problema es que las cárceles están llenas, y creo que han pensado en qué tipo de reclusos eran los más adecuados para liberarlos”.
Para la abogada Ana Taboada, se trata de un caso más en los que el Código Penal estaba “descompensado”. Desde su punto de vista, lo que pasa con las condenas por tráfico de droga es equiparable a otros delitos. Y pone como ejemplo lo que ocurre con el top-manta. “Aunque sea una falta se les penaliza como si fuera un delitos penal”, explica. A su juicio, la modificación es positiva porque lo equipara a lo que ocurre con otros delitos. Entre otros, se refiere a que la pertenencia a una banda latina es un agravante mientras que, hasta ahora, pertenecer a un grupo organizado de tráfico de drogas no suponía cambio alguno en la condena.
Aunque el abogado Luis del Viso también considera que es un cambio positivo, sus motivos son diferentes a los de sus dos compañeros. El letrado analiza la reforma desde el punto de vista de la defensa. Y, como abogado, “abre una nueva vía que, hasta ahora, no teníamos a la hora de defender a nuestro cliente”. Es decir, amplía los medios de defensa en casos de conformidad. Pero, desde su punto de vista hay un matiz. Y es que, “a nivel técnico queda al arbitrio del juez. Hay un problema de imprecisiones”. Y lo explica. ¿En qué se va a fundamentar para decidir si efectivamente pertenece o no a una banda organizada?”, pregunta.
Ese problema también está presente, comenta, en la modificación que el Código Penal aplica en el caso de los extranjeros. Aquí, dice, se da la paradoja de que con la reforma, en vez de cumplir condena en España, pueden optar por expulsarle y prohibirle la entrada de nuevo al país. En cualquiera de los casos el problema, dice, está en que “se deja demasiado arbitrio al juez”.
Para hacerse una idea de la repercusión que puede tener este cambio en Asturias, es que la mayoría de los 1.600 reclusos del centro penitenciario de Villabona están condenados por tráfico de drogas asociado a otros delitos -armas o lesiones- y aproximadamente el 70 por cientos de los presos preventivos ingresan por delitos contra la salud pública.
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