Solo una vez utiliza la nueva ley hipotecaria la palabra desahucio, pese a que este problema fue el motivo principal de la movilización y presión social que obligó a los cambios en las condiciones de los deudores hipotecarios, a los que la norma pretende “proteger”.
El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles las “medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social” , que entran en vigor hoy mismo, tal como señala el boletín. La reforma se desarrolla en cuatro ejes pero de una manera insuficiente, según han esgrimido tanto los colectivos encabezados por la Plataforma de Afectados por Hipoteca (PAH) como los partidos de la oposición. El PP se quedó solo en la votación de un texto que enmendaba la Iniciativa Legislativa Popular promovida por la PAH. Así, se quedó solo tanto en el Congreso como en el Senado, desoyendo las reivindicaciones de los colectivos afectados y del resto de partidos.
La entrada en vigor de la ley supone una moratoria en la ejecución de desahucios, de dos años, pero solo para supuestos de “especial vulnerabilidad”. Bajo ese concepto están incluidas las familias numerosas, las monoparentales con dos hijos, las familias con un menor de tres años, las víctimas de violencia de género o aquéllas con algún miembro discapacitado. Quienes cumplan ese requisito tendrán, además, que no contar con ingresos que no superen en tres veces el Iprem (19.000 euros), aunque en algunos supuestos se eleva a cinco veces. Además, tendrán que haber sufrido, y certificar, una alteración significativa de sus circunstancias económicas en los cuatro últimos años. A todos esos requisitos se une el de que la cuota hipotecaria debe ser superior al 50% de los ingresos netos del conjunto de la unidad familiar y que la vivienda afectada por el desahucio sea la única vivienda en propiedad del deudor.Moratoria para los desahucios
Cláusulas abusivas
A partir de hoy, los jueces pueden suspender los desalojos de viviendas si consideran que la hipoteca que firmaron para la compra del piso incluye cláusulas abusivas. El cambio se circunscribe al cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Reestructuración de deuda y limitación de intereses de demora
La ley establece un sistema para reducir la deuda pendiente de préstamos hipotecarios mediante quitas, una vez que la vivienda ha sido adjudicada a un tercero. Además, la reforma marca que los intereses de demora no podrán ser superiores a tres veces el interés legal del dinero.
Dación en pago
La norma contempla la dación en pago solo en el marco del código de buenas prácticas bancarias, al que las entidades pueden acogerse de forma voluntaria. Esta fórmula permite entregar la vivienda para sufragar la deuda cuando la reestructuración no sea viable y solo para casos de especial vulnerabilidad, es decir, para quienes cumplan todos los requisitos necesarios para solicitar la moratoria de las ejecuciones de desahucios. La dación en pago, que era la principal reivindicación de la PAH con caracter retroactivo, fue descartada por el Gobierno desde el principio al considerar que su admisión podría romper el sistema hipotecario español.
Fuente: El país.
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