Entra en vigor la Zona Única de Pagos en euros
(SEPA, por sus siglas en inglés), que supone un nuevo paso adelante en el
proceso de integración económica y monetaria de la UE con la armonización de
los sistemas de pago en todo el espacio económico de la región.
Aunque la fecha oficial de entrada en vigor
es,1 de febrero, la
Comisión Europea ha propuesto un periodo adicional de seis meses (hasta el 1 de
agosto) para completar la transición, de modo que durante ese plazo
todavía puedan procesarse pagos con un formato distinto al formato Sepa y
evitar así posibles distorsiones en los pagos a particulares y empresas.
¿En qué consiste la SEPA?
Hasta ahora, los países utilizan estándares
distintos en sus formatos e instrumentos de pago, lo que dificulta las
operaciones transfronterizas. Lo que pretende la SEPA es acabar con esa
heterogeneidad y establecer unos estándares comunes, lo que hará que los pagos
y cobros sean más rápidos, seguros y baratos, gracias a la eliminación de
burocracia y a la optimización de los procesos. De hecho, una de las
características de la SEPA es que se puede utilizar una única cuenta bancaria para efectuar transacciones
dentro de la Zona Única de Pagos y que las transferencias
internacionales no se diferenciarán de las nacionales, como ocurría hasta
ahora.
¿Dónde se
aplicará?
La nueva Zona Única de Pagos
no se ciñe a los países que han adoptado la moneda única, sino que abarca a los
28 miembros de la UE, a los que hay que añadir otros cinco Estados: Islandia,
Lietchestein, Noruega, Suiza y Mónaco. No obstante, en el caso de los países
que no utilizan el euro, la fecha para culminar la migración es el 31 de
octubre de 2016.
¿A qué sistemas de pago afecta?
Atañe a operaciones cotidianas
y esenciales tanto para los ciudadanos particulares como para las empresas. De
un lado, a las transferencias, ya sean para pagos puntuales o masivos, o el
abono de nóminas o de pensiones. También a las domiciliaciones bancarias,
dentro y fuera de las fronteras nacionales. La nueva Zona Única de Pagos afecta
también a las tarjetas bancarias, que podrán utilizarse para pagar o conseguir
efectivo en cualquiera de los 33 países de la SEPA con la misma facilidad que
se hace ahora en España.
¿Qué ventajas ofrece frente al sistema actual?
Simplifica notablemente los trámites, ya que
se podrá operar con una única cuenta bancaria y una sola tarjeta en todos los
países de la zona.
Las transacciones internacionales no se diferencian ya de las nacionales,
como sucedía hasta ahora, eliminando barreras a la libre prestación de
servicios de pago, favoreciendo la competencia y acabando con una situación que
ofrecía una imagen de una unión monetaria incompleta.
Se refuerza la seguridad de
las operaciones: el actual código de cuenta evoluciona al IBAN (International
Bank Account Number), que en España cuenta con 24 caracteres frente a los 20
actuales; todas las transacciones incorporarán el código BIC, que identifica la
entidad bancaria donde está la cuenta, y los nuevos estándares europeos para
generar e intercambiar electrónicamente mandatos de pago traerán consigo una
mayor rapidez y eficiencia en la ejecución de los pagos.
Menores
costes.
La eliminación de burocracia
redundará en unos menores costes administrativos, reducirá las necesidades de
disponer de dinero en efectivo en favor del electrónico y, según los expertos,
favorecerá la posibilidad de renegociar comisiones con los bancos.
Las empresas también ven
acortados los plazos de pago gracias a los nuevos tipos de adeudos, que impiden
su devolución y, por tanto, aseguran el cobro.
Abre las puertas al despegue de instrumentos y servicios como la
facturación electrónica o los pagos a través del móvil e Internet.
¿Qué es el IBAN?
Es el acrónimo de
International Bank Account Number y el nuevo identificador de la cuenta
bancaria en lugar del actual código de cuenta de cliente (CCC). En el caso
español, el IBAN se presenta con la siguiente estructura: ES + un dígito de
control formado por dos cifras + los 20 dígitos del número de cuenta actual
(CCC). La novedad está por tanto en los 4 caracteres iniciales.
El IBAN, imprescindible para operar en la
SEPA, puede encontrarse en recibos o extractos bancarios, libretas, talonarios
y consultando directamente con la entidad financiera. Asimismo, tanto
particulares como empresas deben pedir a los beneficiarios de sus
transferencias o a los destinatarios de sus recibos sus códigos IBAN, ya que
sin ellos las entidades deben rechazar la operación.
¿Cómo afecta a las transferencias?
El código IBAN es esencial
para efectuar transferencias y recibirlas, por lo que el particular debe
facilitar su código a quienes vayan a transferirle dinero. Asimismo, debe
solicitar su IBAN a los beneficiarios de sus transferencias, código que, a su
vez, habrá de proporcionar a su banco. La SEPA establece que el plazo máximo de abono es de un día hábil después
de que la entidad haya dado la orden. Asimismo, será el cliente el que
asuma el coste de la operación, de acuerdo con las comisiones que aplica cada
entidad.
¿Hay que cambiar las órdenes de domiciliación?
El Eurosistema explica que las
órdenes de domiciliación vigentes antes del 1 de febrero siguen siendo válidas,
aunque es posible que los emisores de recibos le hagan llegar los nuevos
formatos SEPA para recabar de nuevo su autorización a los cargos. Existe una
modalidad expresa para empresas y autónomos (no para consumidores), que es el
adeudo directo B2B. En ese caso, se deberá emitir siempre una nueva orden de
domiciliación y utilizar el formato de fichero que establece la El Banco de
España advierte de que esta nueva modalidad es de carácter opcional, por lo que
conviene consultar con las entidades para constatar que ofrecen el servicio.
¿Cómo afecta
la SEPA a la operativa de las empresas?
Entre los aspectos que deben
tenerse en cuenta es que las compañías deben migrar, sino lo han hecho ya, los
datos de las cuentas de clientes y proveedores al nuevo código IBAN.
La entrada en vigor de la
nueva Zona Única de Pagos también conlleva cambios para los departamentos de
recursos humanos, que deben adaptar las transferencias de los pagos de nóminas
a los estándares de la SEPA, y revisar los contratos y documentos en los que
figure el actual CCC y que debe evolucionar al IBAN.
También obliga a adaptar facturas, talones,
contratos y otros documentos (folletos, páginas web...) destinados a terceros
en los que se solicite el número de cuenta.
Desde el
punto de vista contable-financiero, las empresas deben ajustar los ficheros de
intercambios bancarios a los nuevos estándares. Asimismo, deben recabar y conservar las nuevas órdenes de
domiciliación de recibos, que han de contener los datos obligatorios que exige
la normativa europea para identificar la orden de domiciliación, y que les
podrían ser requeridas, por lo que deben guardar de manera accesible.
¿Existen inconvenientes?
A priori, las posibles
desventajas derivan del hecho de que, pese a su entrada en vigor, los expertos
temen que muchas empresas, especialmente pequeñas y medianas, no hayan
culminado a tiempo los preparativos para la migración. De hecho, la Comisión
Europea ha propuesto un plazo adicional de seis meses para completar la
transición y evitar el riesgo de posibles bloqueos de pagos a consumidores y
empresas, plazo extra que el BCE no ve con buenos ojos, insistiendo en las
últimas semanas en la necesidad de que se respetara la fecha marcada del 1 de
febrero.
(publicado en EXPANSION)
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