Modificación de la Ley 27/2011 de 1 de Agosto:
- Se cambian las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales, que a partir de 2013, se determinarán en función de la retribución percibida por los empleados del hogar.
- Desde el año 2014 al 2018 las retribuciones mensuales y las bases de cotización se actualizarán en igual proporción al incremento del salario mínimo interprofesional.
- Tendrá la consideración de empresario, el titular del hogar familiar, ya lo sea efectivamente o como simple titular del domicilio o lugar de residencia en el que se presten los servicios domésticos.
- Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados del Hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con tales empleadores. Los trabajadores serán los que deberán formalizar la cobertura de las contingencias profesionales con la entidad de su elección.
- La cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por parte de los empresarios, de los trabajadores por cuenta propia y de los empleados de hogar se efectuará mediante la aplicación de los tipos de cotización que correspondan a las actividades económicas de empresas y trabajadores y a las ocupaciones o situaciones de estos últimos, conforme a la tarifa de primas vigente.
- El empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas será el responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar a dicho sistema, debiendo ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador con los que mantenga tal acuerdo, tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales.
- Durante las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, la mutua a la que corresponda el pago del respectivo subsidio descontará de éste el importe de la totalidad de la cotización a la Seguridad Social que proceda en dichas situaciones.
- En el sistema especial para Empleados del Hogar, el ingreso de la cotización deberá realizarse obligatoriamente mediante el sistema de domiciliación en cuenta.
Esperamos que esta información sea de su interés, y aprovechamos la ocasión para agradecerle la confianza que deposita en nuestra Entidad,
Mutua Universal
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