Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se publica el Código de Comercio. Por fin nuestros ilustres legisladores renovarán el cerrado código del comercio de una antigüedad superior a cien años que ha dado mucha seguridad jurídica, sobre todo a los mismos de siempre. Desde aquí, mi más sincero éxito en con el nuevo código mercantil, espero que la inopia de los legisladores no deje atrás lo que España necesita: más y mejores empresas de economía social. PATYP.
NUEVO CÓDIGO MERCANTIL
(publicado en vLex España)
Día 2 de julio de 2012.- Joaquín Ángel de Domingo
Martínez
Llevo una
temporada que no hago más que cabrearme con tanto choriceo que hay en este
país. Ya sea al por mayor, evadiendo dinero fuera del mismo, ora por un
tesorero, ora por un cantante, ora por el hijo de un político catalán, ora por
un futbolista... O al por menor, defraudando pequeñas cantidades al menudeo a
Hacienda en el IRPF, en el IVA, en las ventas de inmuebles... Estoy cabreado
porque las esposas/os de los defraudadores no se enteren de que en su plaza de
garaje hay un Jaguar ni quién te paga parte de la boda de tu hija a la que el
honorable Berlusconi es uno de los invitados junto con la trama Gürtel, o pagan
el cumpleaños de tu yerno. O porque a mi tierra chica no llegue un AVE ni por
asomo el aeropuerto funcione,
Y, por si
fuera esto poco, la Agencia Tributaria pega un gatillazo de órdago atribuyendo
a una de esas personas que tampoco se enteraban de lo que hacía su marido no sé
cuantas propiedades en tierras y casas, y después resulta que se trata de un
error lamentable. Pero no dimite ni el ministro ni el tato. Pues sí, también
estoy cabreado porque los concursados no paguen ni a su padre y sigan viviendo
a cuerpo de rey (sin elefantes ni corinas). Por eso me felicito (congratulo es
más fino, pero mucho menos español) de que en 2015 (en el que ya estaremos a punto de salir de
la crisis, como todos los años) entrará en vigor el nuevo Código Mercantil, que se basará en la
unidad de mercado en España y regulará de forma distinta la empresa y sus
operaciones, la representación, la competencia desleal y la defensa de la libre
competencia, así como hará referencia a la propiedad industrial. Junto a contratos de siempre,
como el de agencia o los publicitarios, aparecerán otros nuevos, tales como el de distribución,
suministro, franquicia, mediación, contrato de obra por empresa, prestación de
servicios mercantiles, operaciones sobre bienes inmateriales, turísticos,
prestación de servicios electrónicos, contratos bancarios y financieros y de
operaciones en el mercado de valores
.Otra novedad de este futuro
Código Mercantil será la
importancia que se da no solo a la letra de cambio, sino también a los
pagarés, al cheque, a los
valores mobiliarios y a las tarjetas sean de pago o de crédito a corto plazo.
Regula de manera diferente
a como está en la actualidad otros contratos como la compraventa, el depósito, el seguro o el transporte.
Asimila al empresario, los llamados operadores de mercado o económicos. Y deja fuera las normas de protección
de los consumidores.
Más de
sesenta especialistas han trabajador en este muevo Código Mercantil que
sustituirá al de 1985, con la finalidad de asegurar la unidad de mercado en las
relaciones jurídico-privadas de los empresarios y el resto de operadores
económicos. Sigue el modelo
francés del código de 2000, principalmente en el sentido de recoger la
legislación que existe en leyes especiales para agruparla. Y todo ello, dice la
norma española, con la buena intención de adaptar la normativa comercial a la
actual realidad política y económica. Pues no sé yo si es buena esa idea,
porque la actual realidad política es poco fiable y la económica una ruina. Más
vale que pongamos judicialmente las peras al cuarto, antes de esa llevar a cabo
esa adaptación.
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