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domingo, 9 de enero de 2011

Concepto de Derecho



El derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad, inspirado bajo el postulado de justicia. De ahí resultará que tendremos derecho a la anarquía si vivimos solos en el mundo, pues tu derecho acaba donde empieza el del otro, con especial protección de la intransferible esfera personal.

Entre sus características, resaltan:

La bilateralidad; Un sujeto distinto al afectado obliga a cumplir la norma.
La heteronomía; Nada importa la discrepancia con el contenido de la norma.
La relación de un individuo con otros: Si no existe esa relación la libertad sería absoluta, unicamente limitada por las leyes naturales.
La coerciblididad: Legítimo uso de la fuerza socialmente aceptado.

En nuestro sistema español y según el actual Código Civil (CC) las fuentes son, el término fuente es entendido como el lugar de dónde mana el derecho:

La Constitución Española (CE 1978), la Ley, la Jurisprudencia, la costumbre, el negocio jurídico, los principios generales del derecho y la doctrina.

Tradicionalmente, el contenido del derecho, se ha dividido en las categorías de derecho público (imperativo) y privado (dispositivo), actualmente esa clasificación no tiene tanta fuerza, piénsese, por ejemplo, en la situación del Derecho Laboral, fuertemente intervenida por la normativa y poderes públicos.

En nuestro país español se ha optado por la codificación, sistema que facilita el conocimiento y aplicación del derecho, pero implica inconvenientes graves, como que cristaliza el derecho, cuando éste ha de ser algo vivo, y además no tolera otras fuentes del derecho, por eso es un sistema cerrado frenta a otros como el anglosajón que son sistemas abiertos y por casos.

El actual Código Civil contiene cuatro libros, a saber: De las personas, de los bienes, de los modos de adquirir la propiedad y de las obligaciones y contratos.
Se deviene la necesidad del hombre en legislar mucho y mejor en cuestión de patrimonio que en derecho de las personas, debido a una política global en la que prima lo económico y subsiste a malas penas lo derechos relativos a las personas, concebidos éstos últimos como los derechos humanos.

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