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jueves, 8 de enero de 2015

Impuesto de sociedades y asociaciones

¿Están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2015 las asociaciones?

Con la aprobación de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y la nueva redacción del art. 124, surgen nuevos contribuyentes que estarán obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2015.

Con la anterior normativa no existía obligación de presentar declaración para las entidades parcialmente exentas, es decir las entidades sin ánimo de lucro, que no estuvieran acogidas a la ley 49/2002, siempre cuando cumplieran una serie de requisitos:
- Que sus ingresos totales no superen los 100.000 euros anuales.
- Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.
- Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención.

En el ejercicio 2015, estarán obligados a presentar el impuesto de sociedades las entidades sin ánimo de lucro no acogidas a la ley 49/2002, de manera que a partir del ejercicio 2015 todas las entidades sin ánimo de lucro deberán presentar el Impuesto de Sociedades.

Importante: Con los nuevos cambios normativos muchas asociaciones, que antes no tenía la obligación, deberán presentar el Impuesto de Sociedades, independientemente de que todas sus rentas queden exentas.


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