¿Están obligados a presentar el Impuesto de Sociedades
del ejercicio 2015 las asociaciones?
Con la aprobación de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre
Sociedades y la nueva redacción del art. 124, surgen nuevos contribuyentes que
estarán obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades
correspondiente al ejercicio 2015.
Con la anterior normativa no existía obligación de
presentar declaración para las entidades parcialmente exentas, es decir las
entidades sin ánimo de lucro, que no estuvieran acogidas a la ley 49/2002,
siempre cuando cumplieran una serie de requisitos:
- Que sus ingresos totales no superen los 100.000 euros
anuales.
- Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas
sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales.
- Que todas las rentas no exentas que obtengan estén
sometidas a retención.
En el ejercicio 2015, estarán obligados a presentar
el impuesto de sociedades las entidades sin ánimo de lucro no acogidas a la ley
49/2002, de manera que a partir del ejercicio 2015 todas las entidades sin
ánimo de lucro deberán presentar el Impuesto de Sociedades.
Importante: Con los nuevos cambios normativos muchas
asociaciones, que antes no tenía la obligación, deberán presentar el Impuesto
de Sociedades, independientemente de que todas sus rentas queden exentas.
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