RECORDATORIO DE LAS
PRINCIPALES NOVEDADES DEL MODELO 347 DE DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS del EJERCICIO
2014 que deber presentarse durante el mes de febrero de 2015:
La Orden HAP/1732/2014
aprueba el nuevo modelo 347, como consecuencia de la modificación de los
artículos 31 a 35 del Reglamento General de Aplicación de los Tributos (RD
1065/2007) efectuada por RD 828/2013 que ha modificado el ámbito
subjetivo de declarantes así como el contenido de la declaración.
Ámbito subjetivo:
Pasan a incluirse como obligados a presentar la declaración las
comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o establecimientos de
carácter social, por las adquisiciones en general de bienes o servicios
que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales,
incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza.
En el caso de las
entidades en régimen de propiedad horizontal, la información se suministrará
sobre una base de cómputo anual.
Los sujetos pasivos acogidos al régimen
simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de
las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las
que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas.
Las
distintas AAPP deberán
relacionar a todas aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho
subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.
Con la ampliación de la información a
suministrar en el modelo 180, la misma tendrá un contenido coincidente
con la Declaración anual de operaciones con terceras personas por las
operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y
estén sujetos a retención, quedando excluidas del deber de declaración del arrendador
en el modelo 347.
Contenido de la declaración:
Se deben consignar
separadamente de otras operaciones:
·
Las operaciones incluidas en el
régimen especial del criterio de caja. La información se suministrará sobre una
base de cómputo anual.
·
Las operaciones en las que el sujeto
pasivo sea el destinatario de la misma (inversión
del sujeto pasivo).
·
Operaciones sujetas y exentas en el
IVA, relativas a bienes vinculados o destinados a ser vinculados al régimen de
depósito distinto del aduanero.
Forma de presentación:
Se podrá realizar la presentación mediante el
envío de un mensaje SMS para las
declaraciones de los modelos 347correspondiente a comunidades de
propietarios que incluyan hasta 15 registros
Se ha eliminado la restricción que existía en
cuanto al número de registros para la presentación de declaraciones
informativas de personas físicas utilizando el sistema CL@ve PIN24H.
Documento subido por cortesía de ANPAT - JUAN GOMEZ
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