domingo, 18 de julio de 2010
sábado, 17 de julio de 2010
Derechos humano

Cuando la mente no está bloqueada, el resultado es la sabiduría,
y cuando el espíritu no está bloqueado, el resultado es al amor."
Shakine Mohammadí Ahstiani, 43 años y madre de dos hijos, tiene un incierto futuro. Condenada por adultera, su castigo será, si no lo remedia la presión internacional, ser enterrada hasta el pecho y que una manada de repugnantes “personas” la golpeen hasta la muerte con piedras que no sean tan grandes para matarla de forma instantánea ni tan pequeñas que no causen daño. Así lo establece el código penal de la República Islámica, código refrendado por una serie de tipejos anclados en la edad media y cuya evolución hacia la raza humana o hacia cualquier indicio de humanidad quedo anclada a medio camino entre el mono y el hombre.
La sharía (ley islámica), que así se llama esta pantomima de siglos pasados, establece que el delito debe probarse por la confesión repetida del acusado o el testimonio de cuatro testigos varones (o de tres hombres y dos mujeres). En el caso de Ahstiani, ya había sido condenada con anterioridad a 99 latigazos por “relación ilícita” con el presunto asesino de su marido. No contentos con ello, algún energúmeno, regente de un “tribunal” -por llamarlo de alguna manera- reabrió el caso y a pesar de carecer de pruebas y testigos, dictaminó que la relación se había producido aún en vida de su marido, claro adulterio que no tiene otro castigo para estos animales que la muerte a pedradas por una maraña de monos enfurecidos.
Gracias a la presión internacional, encabezada por Amnistía Internacional el momento de tan macabro e injusto acto aún no se ha producido, pero como ellos mismos reconocen: “Por el momento, se ha librado de morir a pedradas gracias a la participación y compromiso de miles de personas. No obstante, la sentencia a muerte se mantiene y aún podría ser ejecutada en cualquier momento. El año pasado, al menos tres personas condenadas a muerte por lapidación fueron finalmente ahorcadas“.
Aún podemos hacer algo entre todos, en la misma página de Amnistía Internacional, siguen recogiendo firmas con un mensaje hacia el Líder de la República Islámica, Ayatollah Sayed Ali Khamenei: Irán: Mujer en riesgo de ser ejecutada por adulterio.
Internacionalmente se ha creado una web con la misma idea de recoger firmas para seguir ofreciendo presión: Free Sakineh. Y estamos en 2010, así que algo así también tenía que tener grupo en Facebook: Save Sakineh Mohammadi Ashtiani from being Stoned to Death in Iran.
viernes, 16 de julio de 2010
Laboral. Fomento contratación indefinida.
Una empresa que haya efectuado un despido individual o colectivo, ¿puede celebrar contratos de trabajo de fomento de la contratación indefinida tras la reforma del mercado de trabajo efectada por el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio?
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El Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo ha dado nueva redacción a la disposición adicional primera Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, donde se trata el contrato para el fomento de la contratación indefinida.
Efectivamente no podrá concertar el contrato para el fomento de la contratación indefinida al que se refiere el presente supuesto las empresas que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato, hubiera extinguido contratos de trabajo por despido reconocido o declarado como improcedente o por despido colectivo. En ambos supuestos, la limitación afectará únicamente a la cobertura de aquellos puestos de trabajo de la misma categoría o grupo profesional que los afectados por la extinción o despido y para el mismo centro o centros de trabajo.
No obstante, debemos tener en cuenta cuándo se produjo el despido; ya que esta limitación no será de aplicación cuando las extinciones de contratos se hayan producido con anterioridad al 18 de junio de 2010 ni cuando, en el supuesto de despido colectivo, la realización de los contratos a los que se refiere la presente disposición haya sido acordada con los representantes de los trabajadores en el período de consultas (art. 51.4, ET).
Es decir, tras la reforma efectuada por el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, la limitación para celebrar contratos de fomento de la contratación indefinida tiene las siguientes excepciones:
- No es de aplicación cuando los nuevos contratos se realicen para cubrir puestos de trabajo de distinta categoría o distinto grupo profesional que los afectados por la extinción o despido.
- No es de aplicación cuando los nuevos contratos se concierten para cubrir los puestos de trabajo correspondientes a centro o centros de trabajo distintos a los afectados por la extinción o despido.
- No es de aplicación cuando cuando las extinciones de contratos se hayan producido con anterioridad al 18 de junio de 2010 ni cuando, en el supuesto de despido colectivo, la realización de los contratos para el fomento de la contratación indefinida haya sido acordada con los representantes de los trabajadores en el período de consultas previsto (art. 51.4, ET).
jueves, 15 de julio de 2010
El Senado aprueba una ayuda de 425 euros mensuales para trabajadores autónomos en paro
El Pleno del Senado aprobó hoy el proyecto de Ley sobre el sistema específico de protección por cese de actividad a los trabajadores autónomos que incorpora dos medidas que fueron aprobadas en la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta.
La más resaltante de las enmiendas de CiU incluidas es la prestación no contributiva de 425 euros mensuales para los trabajadores autónomos que se encuentren en paro a partir de 1 de enero de 2009 y no reciban ninguna ayuda pública.
A diferencia de los 426 euros que perciben los asalariados en el paro, esta prestación tiene una duración máxima de seis meses y estará vinculada al compromiso de búsqueda activa de ocupación por parte del beneficiario y a la realización de un mínimo de 180 horas de formación (medida muy plausible). Además, será compatible con las ayudas concedidas por las comunidades autónomas.
Asimismo, la enmienda señala que la prestación se destinará a los trabajadores cuya media de ingresos familiares por persona no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tres de los últimos cinco años.
En el plazo de tres meses, el Gobierno deberá fijar las condiciones de acceso a esta ayuda.
La otra enmienda que logró introducir CiU establece una reducción de 18 meses a un año el plazo de espera desde el disfrute de una prestación hasta el acceso a la siguiente, para acercarse al Régimen General de trabajadores por cuenta ajena.
No obstante, ambas modificaciones aún tendrán que ser votadas por el Congreso de los Diputados.
Un consejo/truco para Word...

miércoles, 14 de julio de 2010
Acusación particular

Un sindicato de guardias se presenta como acusación particular en la operación Carioca.
La formación apoya incondicionalmente a la instructora en sus investigaciones para «depurar la corrupción»
Localidad:lugo/la voz.
Un sindicato, integrado por guardias civiles que no están en activo, se ha presentado como acusación particular en el denominado caso Carioca, lo que supone, entre otras cuestiones, el ir contra los agentes que se encuentran imputados. Una representación del Sindicato Unificado de la Guardia Civil por los Derechos Humanos comparecieron en la mañana de ayer en el Juzgado de Instrucción número 1 de la capital lucense para tramitar la personación.
Un portavoz de la entidad expresó ayer que no solo se presentaban como acusación particular sino que expresaban públicamente su apoyo incondicional a la jueza María del Pilar de Lara Cifuentes, que es la que se encarga de la tramitación de toda la operación que ha levantado ampollas entre diversos sectores, especialmente en el seno de la comandancia de la Guardia Civil de Lugo donde hay mandos imputados y, como se sabe, un cabo se encuentra encarcelado desde el pasado mes de octubre.
«Pretendemos que se nos tenga en cuenta en dicho proceso por ser un asunto de extrema gravedad que afecta a agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad y también a la clase política», expresó la misma fuente. El portavoz también explicó que la jueza debe tener muy claro que «son muchas las personas interesadas en que se depuren responsabilidades y se haga frente a la corrupción que pueda existir».
El hecho de que sean varios agentes los que se encuentren imputados no es óbice para que el colectivo intervenga como acusación. «Queremos que la jueza llegue al final y que se aplica la ley tanto para los jefes como para los subordinados de la Guardia Civil que puedan estar implicados», expresó la misma fuente.
La posición que mantiene el colectivo frente a la operación Carioca es dura. «Hay que exigir responsabilidades políticas, además de las penales. Hay actividades que los políticos de turno no deben ni tolerar, ni amparar ni consentir», explicaron desde el sindicato que, como consecuencia de la actual normativa, no tiene cabida dentro del Instituto Armado donde la sindicación no es factible. La formación en cuestión es posible porque quienes la integran son guardias en situación de retiro que decidieron unirse por entender que sus derechos estaban siendo sistemáticamente conculcados y también «para garantizar los derechos del resto de compañeros», según apuntó ayer uno de los portavoces de esta formación sindical.


